Las grandes ferias medievales dieron lugar a considerables movimientos de fondos. La inseguridad de los caminos impulsó a los banqueros a idear procedimientos para efectuar transferencias de fondos que no requirieran el transporte del efectivo de una feria a otra. Estos documentos se crean, casi todos, en Italia y su rasgo primordial es el pragmatismo; se buscan medios para evitar los riesgos que conlleva el traslado de dinero como son el robo y el desgaste de la moneda.
Frente a los riesgos, las soluciones: como hemos señalado antes, el comprador no realiza el desembolso en la feria donde lo ha adquirido sino en la siguiente. La deuda se documenta y, por ejemplo, en Francia se oficializa con el scéau des foires o sello de las ferias. A cambio abona un interés que no puede subir más del 15 % anual, es decir, 2’5% bruto por feria.
En Italia se desarrolla un documento más avanzado que las primeras letras de feria; denominado instrumentum ex causa cambii, que es un documento notarial embrión de la letra de cambio. Aparece también la carta de crédito mediante la cual una persona puede disponer de una cantidad de dinero hasta un límite determinado garantizado por un tercero, que suele ser un banquero. Surge también la lettera di pagamento – Carta de pago -, por la que se rogaba a un colega que pagara una cantidad determinada al portador de la misma. De este modo, la lettera di pagamento actuaba casi como una letra de cambio actual sólo que carece de la posibilidad del ser endosada ya que no era más que un documento pagadero a una persona concreta o a quien le representara.
Tomando como base la antes mencionada lettera de pagamento se desarrolló la letra de cambio, que a diferencia de aquella podía endosarse y se convertía, por tanto en una operación de crédito. Podía hacerla el propio banquero o un cliente suyo, a quien se la compraba previa deducción de una comisión llamada agio (que en italiano significa, añadido), que dio lugar al contrato de descuento bancario y a que a los banqueros dedicados al anticipo se les conociera como agiotistas. En el sentido estricto del término, no existieron Bancos durante el siglo XVI salvo en España y algunas ciudades italianas. En las grandes ciudades surgieron bancos que crearon nuevas técnicas como las transferencias entre cuentas o la gestión de depósitos como el Banco de San Giorgio de Génova o el Monte dei Paschi di Siena, aún existente y considerado el Banco más antiguo del mundo ya que fue fundado por la Magistratura de la ciudad como un Monte de Piedad en 1472. En los demás países las funciones bancarias corrieron a cargo de los negociantes.
La letra de cambio se convierte a finales de la Edad Media en un documento fundamental para el desarrollo de las finanzas y del comercio cuando las grandes firmas comerciales se estructuran con sucursales y agentes a lo largo y ancho de Europa.
El circuito de una letra de cambio podría ser el siguiente:
I.- En la Feria de Provins un comerciante de Pisa adquiría a un fabricante de Brujas un cargamento de paño.
II.- El comerciante pisano daba orden a su banquero de pagar en la Feria de Troyes mediante un débito en su cuenta la cantidad que debía al pañero flamenco.
III.- El banquero, dado que disponía de corresponsales en las principales plazas mercantiles de Europa escribía a su corresponsal en Troyes una lettera di pagamento – carta de pago – mediante la cual le solicita que efectúe el pago.
IIII.- Habitualmente y con la intención de agilizar las gestiones la carta se remitía al pañero de Brujas que se encargaba de presentarla en la Feria de Provins al corresponsal del banquero italiano.
Igualmente, los simples viajeros no comerciantes empezaron a utilizar la letra de cambio, como un documento seguro para el transporte de fondos del mismo modo que hasta hace pocos años y aún hoy en determinados lugares se utilizan los traveller’s checks o cheques de viaje, inventados por Thomas Cook, pionero de las agencias de viajes y a quien dedicaremos una Nota.
Como empiezan a circular documentos de cambio, las ferias se convierten en el domicilio de los pagos en toda Europa y para reducir el transporte de moneda y simplificar las gestiones se empezaron a domiciliar expresamente los mismos en las ferias. De hecho, hasta la entrada en vigor de la Ley Cambiaria y del Cheque de 1985, el Código de Comercio español de 1885, recogía en su artículo 451 el vencimiento a una feria como forma de vencimiento de las Letras de Cambio.
Igualmente, para extinguir las obligaciones jurídicas derivadas de las operaciones mercantiles se recurrirá a la compensación que como institución jurídica ya aparecía en la recopilación de sentencias de los jurisconsultos clásicos (iura), conocida como Digesto (Pandectas en griego) y que fue publicada en 533, por orden del Emperador Justiniano. El Digesto la definía del siguiente modo: Compensatio est debiti et crediti inter se contributio, – la compensación es la diferencia entre deudas y créditos. En España aparecen definidas como el descuento de una deuda por otra en las Siete Partidas o Leyes de Partida recopiladas durante el reinado de Alfonso X el Sabio con la intención de conseguir cierta uniformidad jurídica para todo el reino.
Al coincidir diversos banqueros en una feria todos con créditos a favor y frente a otros, al final sólo se pagaban en moneda metálica pequeñas cantidades y, más adelante, incluso el pago de ese saldo se liquidaba mediante documentos de cambio girados a futuras ferias. De este modo la economía comienza a ser financiera puesto que se empieza a basar en las relaciones jurídicas de débito y crédito entre comerciantes sostenidas en documentos.
[…] G. Chacón, autor del blog El más largo viaje, comenta en referencia a los documentos cambiarios medievales que a mediados del siglo XII aparecen los bancherius genoveses. Está documentado que estos […]
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[…] este interesante artículo, Luis G. Chacón describe los elementos clave que conformarán la nueva economía: los bancos, las […]
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[…] documentos de crédito, nacidos en la Edad Media, son aquellos por medio de los cuales una persona se compromete a […]
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